martes, 3 de junio de 2008

ARGUMENTOS DE ARGENTINA Y URUGUAY FRENTE AL CONFLICTO


Frente al conflicto con la instalación de las pasteras, tanto los países implicados como las diferentes ciudades y organizaciones adoptaron argumentos y posturas, a favor y en contra, las cuales se explicitan a continuación.


Argumentos de Argentina

Las pruebas que aportó Argentina son varias y extensas. En primer lugar, se refirió a las autorizaciones que brindó Uruguay a ENCE y Botnia a los fines de construir y operar dos plantas industriales de producción de celulosa sobre la margen izquierda del río Uruguay, así como a la autorización que brindó ese gobierno a la empresa Botnia a los fines de construir y operar una terminal portuaria destinada al uso exclusivo de la planta industrial a cargo de esa misma empresa.

El gobierno de la República Argentina protestó formalmente contra estas acciones unilaterales uruguayas, que vulneran las obligaciones asumidas por la República Oriental del Uruguay en virtud del derecho internacional general y del Estatuto del río Uruguay de 1975”.

Dichas acciones del país vecino no cumplieron con:

• La obligación de asegurar que las actividades que se lleven a cabo dentro de la jurisdicción de la República Oriental del Uruguay no perjudiquen al medio ambiente de la República Argentina.

• La obligación de informar y consultar previamente con la República Argentina sobre toda obra que pueda afectar la navegación, la calidad de las aguas o el régimen del Río Uruguay conformidad con lo previsto en los artículos 7° a 12° del citado Estatuto.

Por otra parte, al autorizar la construcción de las plantas industriales e instalaciones conexas, la República Oriental del Uruguay violó un tratado bilateral con la Argentina, vigente desde 1975, que tiene por objetivo principal asegurar la calidad de las aguas de un río compartido por ambos países como también el bienestar y la salud de las comunidades adyacentes del río Uruguay.

Asimismo, otro argumento en contra de las pasteras fue el silencio uruguayo al no cumplir con el mecanismo de información y consultas previas, previsto en el Estatuto del Río Uruguay en la sesión plenaria de la CARU (Comisión Administradora del Río Uruguay), convocada por Argentina el 17 de octubre de 2003.




Argumentos de Uruguay


Los principales argumentos de la defensa de Uruguay son que respetó no sólo el Estatuto del Río Uruguay, de 1975, sino, además, la totalidad del Derecho Internacional y los principios generales del derecho.

Asimismo, Uruguay sostuvo que la Argentina desconoció normas del Derecho Internacional al permitir los cortes de ruta realizados por pobladores de las ciudades argentinas cercanas a las plantas de celulosa.

Por su parte, Uruguay sostiene que existieron constantes conversaciones e intercambios de información entre Argentina y Uruguay sobre este asunto, que convalidaron lo actuado con Uruguay.

Finalmente Uruguay sostuvo que las plantas de celulosa utilizarán la mejor tecnología disponible de acuerdo con los estándares europeos que entraron en vigencia en el año 2007. Para fundamentar sus argumentos Uruguay citó los estudios de impacto ambiental realizados por las empresas Botnia y ENCE, el Estado uruguayo, y las tres evaluaciones encargadas por la CFI (Grupo Banco Mundial).

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